¿Quién Puede Patrocinar Familiares Para Obtener Una Green Card?
Solo los ciudadanos estadounidenses y residentes legales permanentes pueden patrocinar a sus seres queridos para obtener una Green Card. Los tipos de familiares que puede patrocinar dependerán de si usted es un ciudadano o un residente legal permanente.
Los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a:
- Cónyuges
- Padres/Madres
- Hijos/as solteros/as menores de 21 años
- Hijos/as solteros/as mayores de 21 años
- Hijos/as Solteros/as (de cualquier edad)
- Hermanos/as
Los residentes legales permanentes pueden patrocinar a:
- Cónyuges
- Hijos/as solteros/as menores de 21 años
Muchos tipos de parientes más lejanos, incluyendo abuelos/as, nietos/as, primos/as, tíos/as, no son elegibles para las Green Cards. Nuestro abogado radicado en Chicago y especializado en inmigración por relación de parentesco puede ayudarlo a entender a quién puede patrocinar.
Cónyuges, padres e hijos solteros (menores de 21 años) de ciudadanos estadounidenses cumplen con los requisitos de “familiares inmediatos”. Las visas para dichos familiares inmediatos estarán disponibles inmediatamente, una vez que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) apruebe las solicitudes familiares. Sin embargo, todavía hay que esperar, por lo menos, un año hasta que USCIS procese dichas solicitudes.
Todos los familiares elegibles deben hacer la solicitud de acuerdo con las categorías de “preferencia familiar”. Solo se puede distribuir un número limitado de Green Cards de preferencia familiar por año. Esto significa que es probable que los solicitantes de preferencia familiar tengan que esperar a que haya una visa disponible una vez que su solicitud haya sido aprobada. La extensión de la espera puede variar, pero depende de la demora de casos, la relación entre el familiar y el patrocinante, y el país de origen del familiar.
Pasos A Seguir Para La Obtención De Una Tarjeta De Residencia Permanente De Familia En Chicago
La solicitud de patrocinio inicial busca confirmar que existe una relación familiar legítima. Una vez que esto haya sido establecido, USCIS reconocerá que el familiar patrocinado es elegible para una tarjeta verde.
Una vez que haya una visa disponible, el familiar patrocinado tendrá que cambiar su estatus o iniciar un proceso consular. Si su familiar se encuentra actualmente en Estados Unidos, pueden solicitar formalmente el cambio de estatus al enviar los documentos apropiados a USCIS. Si su familiar se encuentra fuera de los Estados Unidos, tendrá que iniciar un proceso consular por medio de la embajada o consulado estadounidense en su país de origen. Esto implica realizar una examinación médica y una reunión con un funcionario de USCIS para una entrevista presencial.
Una vez que el proceso haya sido completado, su familiar recibirá la Green Card permanente y se convertirá en un residente legal permanente. Estas visas duran 10 años y pueden renovarse fácilmente.
Asesoramiento Con Respecto A Las Green Cards Condicionales En Casos De Matrimonio
Si usted patrocina a su cónyuge y su matrimonio es menor a dos años, su cónyuge recibirá una tarjeta verde “condicional” que vencerá después de sólo dos años. Necesitará presentar una solicitud conjunta para eliminar las condiciones en la ventana de 90 días antes de que su Green Card condicional vaya a vencerse. Si no se completa este paso, su cónyuge puede recaer sobre presencia ilegal.
Al momento de eliminar las condiciones, se necesita verificar que su matrimonio sea auténtico y que hayan continuado una vida juntos en los Estados Unidos. Su cónyuge recibirá una Green Card tradicional con un período de validez de 10 años, una vez que las condiciones hayan sido eliminadas exitosamente.
Nuestro abogado radicado en Chicago, perteneciente a Aparicio Immigration Law, y especializado en inmigración por relación de parentesco, lo puede asistir a eliminar estas condiciones y trabajar para superar cualquier obstáculo que surja durante el proceso de patrocinio. Nuestro abogado es inmigrante también, y entiende la importancia de unir a las familias.
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